Términos y condiciones
de venta y entrega

1. Disposiciones generales

1.1. Las presentes Condiciones Generales junto con las Condiciones Particulares que pudieran establecerse entre las partes (en adelante, las “Condiciones Particulares”), regularán el contrato de compraventa (en adelante, el “Contrato” o el “Contrato de Compraventa”) entre Klingele Embalajes, S.A. y/o sus filiales (en adelante, “Klingele Embalajes”) y sus clientes (en adelante, el “Cliente”).

1.2. Mediante la solicitud del pedido confirmado por Klingele Embalajes el Cliente acepta expresamente la adquisición de la mercancía conforme al Contrato.

1.3. No resultarán de aplicación entre las partes las condiciones generales de compra del Cliente, a menos que hayan sido expresamente aceptadas por Klingele Embalajes en las Condiciones Particulares.

1.4. Klingele Embalajes se reserva el derecho a actualizar y/o modificar en cualquier momento y sin previo aviso las presentes Condiciones Generales, resultando de aplicación aquellas que estén en vigor al tiempo de la solicitud del pedido por el Cliente.

1.5. Los INCOTERMS que acuerden las partes en las Condiciones Particulares complementan el Contrato de compraventa.

1.6. Los plazos señalados en el Contrato de Compraventa en días, se entenderán como días naturales, salvo que expresamente se indique lo contrario.

1.7. En los casos en que las mercancías sean transportadas por vía marítima, el destinatario de las mercancías podrá ser el Cliente o un tercero por él designado (en adelante, el “Receptor”). A pesar de dicha designación el Cliente seguirá siendo el único responsable frente a Klingele Embalajes.  

 

 


2. Plazos de entrega de la mercancía

2.1. Los plazos de entrega son orientativos, no pudiéndose considerar que Klingele Embalajes tiene una obligación esencial de entrega de la mercancía en un determinado plazo, a no ser que así se haya pactado a través de Condiciones Particulares.

2.2. Con carácter general la obligación de entrega de la mercancía se entenderá cumplida cuando la misma se encuentre en el exterior de las instalaciones de Klingele Embalajes o esté lista para su despacho. No obstante lo anterior, en aquellos casos en que la entrega de la mercancía se efectúe por transporte marítimo internacional, para determinar el momento de entrega de la mercancía y transmisión de riesgos al Cliente, se estará a lo dispuesto en el INCOTERM seleccionado en las Condiciones Particulares.

2.3. Salvo que con el INCOTERM seleccionado se disponga otra cosa, Klingele Embalajes no será responsable de los perjuicios económicos ocasionados al Cliente como consecuencia del retraso de la naviera en la carga de la mercancía en el buque, o en la salida o llegada del buque al puerto de destino, cualquiera que sea la causa de dicho retraso - fuerza mayor, dolo o culpa de la naviera encargada del transporte o dolo o culpa del comisionista o transitario que se comprometa con Klingele Embalajes a realizar el transporte por medio de terceros-.

2.4. En caso de que se produzca un retraso en la entrega de la mercancía por plazo superior a QUINCE (15) días sobre la fecha acordada (el “Plazo Máximo”), el Cliente podrá solicitar la resolución del contrato de compraventa, siempre que dicho retraso se haya producido por causas imputables a Klingele Embalajes y Klingele Embalajes reciba la correspondiente notificación o "aviso de rechazo" de la mercancía dentro de los 10 días siguientes al Plazo Máximo. En caso de no recibir dicha notificación de rechazo dentro de los 10 días siguientes al Plazo Máximo se entenderá que el Cliente ha renunciado a resolver el contrato y ha optado por continuar con el proceso de entrega de la mercancía.  

 

 


3. Plazos de retirada de la mercancía y gastos en destino

3.1. El Cliente o, en su caso, el Receptor tiene una obligación esencial de recibir la mercancía solicitada en la fecha pactada.

3.2. En aquellos casos en que la entrega de la mercancía se efectúe por transporte marítimo internacional, el Cliente o, en su caso, el Receptor deberá retirar la mercancía en un plazo máximo de veintiún (21) días desde su arribo al puerto de destino. Transcurrido dicho plazo sin que el Cliente o, en su caso, el Receptor haya retirado mercancía, Klingele Embalajes podrá repercutir al Cliente cualesquiera gastos relacionados con la citada mercancía que por cualquier motivo haya tenido que asumir.

3.3. Asimismo, la falta de recibo de la mercancía en el plazo señalado en el apartado anterior habilitará a Klingele Embalajes, a su sola voluntad, para realizar cuantas actuaciones estime oportunas para evitar (o, al menos, minorar) que se generen gastos relacionados con ellas, quedando habilitada, incluso, si fuera oportuno, para recuperar la posesión de la misma y decidir su destino, informando seguidamente al Cliente, por correo electrónico, a su dirección habitual de contacto. Cualquier gasto que se genere por la realización, por parte de Klingele Embalajes, de cualquiera de las citadas actuaciones será repercutido al Cliente.

3.4. En aquellos casos en que no se haya pactado la intervención de una empresa de transporte, si llegado el momento de la entrega, el Cliente o, en su caso, el Receptor, no retirara la mercancía con carácter inmediato, Klingele Embalajes podrá, a su elección, asumir el almacenaje en sus propias instalaciones o remitir la mercancía al Cliente por sus propios medios o mediante transporte contratado al efecto, corriendo cualquier gasto de almacenamiento y/o transporte que pudiera derivarse por cuenta del Cliente.

3.5. En caso de que el INCOTERM aplicable al contrato de compraventa establezca la obligación del Cliente de abonar los importes que se deriven de cumplimentar los trámites del país de importación, Klingele Embalajes podrá repercutir al Cliente cualesquiera desembolsos que haya tenido que realizar en el puerto de destino como consecuencia del incumplimiento de dicha obligación por parte del Cliente o, en su caso, del Receptor.  

 

 


4. Precios

4.1. Los precios están calculados en base a la materia prima y los costes de producción. Si en el período comprendido entre la formalización del Contrato de Compraventa y el despacho del pedido se originaran cambios sustanciales en los costes de producción o de la materia prima, Klingele Embalajes podrá ajustar los precios de conformidad con dichas variaciones, excepto en aquellos casos en lo que reste un plazo inferior a cuatro (4) meses para la entrega de la mercancía.

4.2. En los Contratos de suministro de tracto sucesivo, Klingele Embalajes se reserva el derecho de revisión de los precios mediando un preaviso de un (1) mes al Cliente. Salvo indicación contraria, los nuevos precios serán aplicados en todos los pedidos realizados a partir del día de entrada en vigor de las nuevas tarifas.  

 

 


5. Variaciones en las dimensiones, pesos y/o cantidades

5.1. En caso de duda, las dimensiones establecidas para todos los productos de cartón ondulado serán consideradas como dimensiones internas (largo x ancho x alto) en milímetros. No serán procedentes las reclamaciones hechas en referencia a discrepancias causadas por la naturaleza propia de las planchas y su procesamiento. Klingele Embalajes no aceptará reclamaciones en referencia a variaciones inferiores a un 8% más o menos del peso de cada pieza suministrada (por ej., cada una de las cajas, planchas, etc.).

De igual manera, Klingele Embalajes no responderá por variaciones en las cantidades de piezas suministradas que queden incluidas dentro de las siguientes cantidades y porcentajes:

• Hasta 1000 piezas: ± 20%
• Hasta 15000 piezas: ± 10%
• Más de 15000 piezas: ± 5%

5.2. Klingele Embalajes garantiza las propiedades técnicas de los productos de cartón ondulado durante un plazo de seis meses contados desde su entrega, siempre que el Cliente haya procedido a su correcto almacenamiento y en las condiciones adecuadas.  

 

 


6. Reclamaciones por defectos, responsabilidad y plazo de prescripción

6.1. Cualquier defecto que el Cliente aprecie en la mercancía suministrada, deberá ser comunicado a Klingele Embalajes a la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes de que transcurran quince (15) días desde la recepción de las mercancías, no aceptándose ninguna reclamación por parte del Cliente una vez transcurrido el citado plazo. En caso de que, durante dicho plazo el Cliente notifique defectos o errores en la calidad de la mercancía conforme a lo establecido en el Contrato, Klingele Embalajes podrá optar entre subsanar el error o el defecto de la mercancía o sustituirla por una mercancía nueva. Si habiendo Klingele Embalajes optado por cualquiera de las dos opciones anteriores, el Cliente acreditase a Klingele Embalajes la falta de idoneidad de dichas soluciones por frustración del fin previsto para la mercancía, el Cliente podrá solicitar una reducción del precio proporcional al volumen de la mercancía afectada.

6.2. Klingele Embalajes responderá de los vicios ocultos (entendiendo por tales aquellos defectos de fabricación que no fuera posible detectar mediante una inspección física y/o ocular en el momento de la recepción) que puedan surgir en las mercancías suministradas, siempre que éstos sean comunicados dentro del plazo de 3 meses, desde la entrega de las mercancías.

6.3. No se aceptará ninguna reclamación derivada de ligeras desviaciones o alteraciones en la composición del material, medidas, suavidad, pureza y dureza de las láminas o capas de papel utilizadas ni en la adherencia, corte, puntadas o impresión, a menos que Klingele Embalajes haya ofrecido garantías al respecto en las Condiciones Particulares.

6.4. Klingele Embalajes no responderá de las reclamaciones que pueda efectuar el Cliente en relación con las posibles diferencias que puedan existir entre los productos ofrecidos por Klingele Embalajes en el mercado y el contenido o apariencia de los mismos que se reflejen en los anuncios o materiales publicitarios, si el Cliente no puede demostrar que dichos anuncios o materiales publicitarios influyeron en su decisión de compra, o en caso de que Klingele Embalajes no estuviese o no pudiese estar al corriente del contenido de los anuncios o materiales publicitarios. Klingele Embalajes tampoco responderá cuando el contenido de los anuncios o materiales publicitarios hubiesen sido ya rectificados en el momento en el que el Cliente realizó su pedido.

6.5. A los efectos de efectuar la valoración de los daños o defectos de la mercancía, se tendrá en cuenta, exclusivamente, los daños y/o defectos de la mercancía afectada y no la totalidad del pedido. Klingele Embalajes sólo responderá por las mercancías dañadas y/o defectuosas y no por la totalidad del pedido.

6.6. En cualquier caso, queda excluida cualquier responsabilidad de daños y perjuicios por parte de Klingele Embalajes, excepto en los siguientes casos:

- En caso de que Klingele Embalajes oculte de forma dolosa algún defecto del producto.

- En caso de que expresamente se haya pactado en las Condiciones Particulares una indemnización por daños y perjuicios para el caso de que concurran defectos en los productos suministrados.

- Cuando el daño o defecto en el producto haya sido causado por negligencia grave de Klingele Embalajes o por parte de sus representantes legales o sus agentes comerciales.

- Cuando el incumplimiento por parte de Klingele Embalajes, sus representantes legales o agentes comerciales provoquen daños físicos o a la salud de los empleados del Cliente.

- En caso de que Klingele Embalajes resulte obligada a indemnizar por daños y perjuicios a el Cliente al ser éste considerado un “consumidor” en aplicación de la normativa sobre Consumidores y Usuarios.

- Cuando el Cliente sufra un daño o perjuicio como consecuencia del incumplimiento del Contrato por parte de Klingele Embalajes, sus representantes legales o sus agentes comerciales. En este caso, la responsabilidad de Klingele Embalajes quedará restringida a los daños emergentes, previsibles y habituales de este tipo de contratos.

6.7. Klingele Embalajes sólo tramitará las reclamaciones del Cliente cuando preste previamente su conformidad por escrito a la reclamación que éste le formule dentro de los plazos estipulados.

6.8. Todo lo anterior se entenderá aplicable siempre que no se oponga o contradiga lo dispuesto en cualquier norma de carácter imperativo que resulte aplicable entre las partes.

6.9. En cualquiera de los supuestos anteriormente señalados, la responsabilidad de Klingele Embalajes por los daños y perjuicios que pudieran causarse al Cliente no comprenderán en ningún caso el lucro cesante y respecto al daño emergente no excederá en ningún caso del triple del precio de las mercancías adquiridas en el pedido objeto de controversia salvo que, por acuerdo por escrito en las Condiciones Particulares se hubiera establecido una limitación distinta.  

 

 


7. Condiciones de pago

7.1. El pago por parte del Cliente se efectuará, sin ningún descuento, en un plazo de quince (15) días naturales desde la fecha de emisión de la factura, a menos que entre Klingele Embalajes y el Cliente se negocie otro plazo de pago que, necesariamente, deberá figurar en la factura comercial o Condiciones Particulares suscritas entre las partes.

7.2. Klingele Embalajes sólo aceptará como medios de pago, efectivo, transferencia, pagarés, y demás instrumentos negociables y se considerará que se ha hecho efectivo el pago cuando, presentados al cobro, los citados instrumentos hayan sido atendidos y efectivamente abonados. Todos los gastos de efectos y de descuento correrán por cuenta del Cliente.

7.3. Si llegada la fecha acordada para el cobro el Cliente no procede al pago de sus facturas, se devengará automáticamente un interés de demora sobre los saldos vencidos y no pagados al tipo de interés legal incrementado en un 8 % anual.  

 

 


8. Compensación de créditos, liquidación y derecho de retención

8.1. Las partes podrán compensar los créditos recíprocos que mantengan entre sí, siempre que no exista discrepancia sobre su exigibilidad y, en cualquier caso, cuando los mismos sean líquidos, estén vencidos y sean exigibles a la otra parte.

8.2. Asimismo y siempre que exista acuerdo previo y por escrito entre las partes en las Condiciones Particulares, el Cliente podrá retener una parte del precio estipulado hasta que muestre su conformidad con la mercancía suministrada por Klingele Embalajes.  

 

 


9. Reserva de dominio

9.1. Klingele Embalajes se reserva la propiedad y titularidad de la mercancía, hasta que la factura haya sido abonada en su totalidad.

9.2. La reserva será de aplicación incluso en los supuestos en los que se hayan presentado reclamaciones sobre las mercancías suministradas y no hayan sido resueltas entre las partes, de tal manera que los productos suministrados al Cliente seguirán siendo propiedad de Klingele Embalajes, hasta que se produzca el efectivo cobro de las facturas de la mercancía y de los gastos que, en su caso, se hayan generado, por parte de Klingele Embalajes, mediante la recepción del importe líquido de los documentos bancarios otorgados para pago (a modo de ejemplo: cheques, pagarés o transferencias).

9.3. En el caso de que el Cliente tuviera facturas pendientes de abonar, Klingele Embalajes podrá retener la mercancía como garantía para el pago de las deudas pendientes.

9.4. En caso de que el Cliente incumpla sus plazos de pago, Klingele Embalajes podrá exigir la recuperación de la posesión de la mercancía, debiendo el Cliente procurarla con carácter inmediato, quedando Klingele Embalajes autorizada para acceder a las instalaciones y/o almacenes del Cliente con el fin de proceder a la recogida de la misma.

9.5. En caso de que Klingele Embalajes ejercite su derecho de dominio sobre las mercaderías suministradas, quedará obligada, únicamente, a abonar al Cliente, por cualquier medio de pago válido, el valor residual del papel o mercaderías suministradas una vez descontados todos los gastos y penalidades aplicables, sin que la aplicación de la presente cláusula implique, necesariamente, la resolución del Contrato de Compraventa.  

 


10. Palets-Platafromas, Planchas de impresión y clichés y utillaje

10.1. Los palets que Klingele Embalajes suministra con las mercancías continuarán siendo propiedad de Klingele Embalajes y los mismos u otros palets del mismo tipo, calidad y cantidad deberán ser devueltos por el Cliente.

10.2. En el caso de que los palets no sean devueltos en la fecha límite acordada, Klingele Embalajes tiene derecho a reclamar una compensación económica igual al valor de los mismos.

10.3. Los clichés, troqueles, el utillaje y demás material auxiliar utilizado seguirán siendo propiedad de Klingele Embalajes, salvo que el Cliente haya pagado la totalidad de los costes de producción, en cuyo caso serán propiedad de este último.  

 

 


11. Causas de fuerza mayor

11.1. Son causas de fuerza mayor la falta de capacidad operativa o la inexistencia de materias primas que impidan la continuación del proceso productivo, así como cualquier otro acontecimiento no imputable a Klingele Embalajes que no hubiera podido preverse o que previsto fuera inevitable y que imposibilite el cumplimiento o dé lugar a un cumplimiento defectuoso de los plazos de entrega de las mercancías.

11.2. Asimismo, se considerará como supuesto de fuerza mayor, además de los legalmente previstos, la concurrencia de cualquier conflicto laboral en la fábrica o en la de terceros proveedores, que ocasionen una parada de la producción, las huelgas de carácter nacional, autonómico, local o sectorial así como huelgas y cierres patronales ilícitos, condiciones meteorológicas adversas (incluido el granizo o la calima extrema), epidemias, bloqueos que por cualquier motivo afecten a la cadena de logística, terremotos, pandemias, incendios, tormentas, inundaciones, daños por agua, limitaciones administrativas o legales, obras en la infraestructura y cualquier otro suceso que escape al control razonable de las partes que interrumpa la prestación normal de los servicios.  

 


12. Marcas y otros

12.1. En aquellos casos en los que el Cliente solicite que se imprima una marca o signo distintivo en los envases de cartón ondulado que encargue a Klingele Embalajes, se entenderá que el Cliente es titular de derechos relacionados con dicha marca o signos distintivos que le habiliten a tal acción.

12.2. De este modo, si con las actuaciones solicitadas por el Cliente a Klingele Embalajes se infringieran, de cualquier manera, derechos de terceros relacionados con marcas, signos distintivos, derechos de propiedad intelectual, etc., Klingele Embalajes quedará exento de cualquier responsabilidad, debiendo el Cliente realizar cuantas actuaciones fuera necesarias para mantener indemne a Klingele Embalajes de cualquier responsabilidad que pudiera dirigirse frente a ella, incluyendo la asunción de cualquier gasto que pudiera derivarse.

12.3. En aquellos casos en los que el diseño sea elaborado por Klingele Embalajes, ésta será la propietaria plena y exclusiva de todos los derechos de propiedad intelectual sobre dicho diseño, pudiendo pactarse expresamente con el Cliente la cesión de los derechos de explotación del citado diseño, en la modalidad y por el plazo que ambas partes determinen.  

 


13. Lugar de cumplimiento, Jurisdicción y legislación aplicable

13.1. Las partes, con renuncia expresa a su propio fuero, acuerdan que, para la interpretación y/o ejecución del Contrato, se someterán a la legislación española y a los Juzgados y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife, con exclusión expresa de la Convención de las Naciones Unidas sobre el contrato internacional de mercaderías.